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La creación de nuevos puestos de trabajo


Gabriel Barceló

Jueves, 28 de Mayo 2020


La preocupación tras el COVID-19 es la situación económica, y como crear puestos de trabajo. Para este fin se han creado comisiones y grupos de trabajo y se han emitido informes y recomendaciones. En el Congreso ha sido creada la Comisión para la Reconstrucción Social y Económica con este fin.


Con el fin de fomentar y facilitar la participación ciudadana, incluso esta comisión ha convocado a los ciudadanos para la presentación de propuestas, la celebración de debates y la elaboración de conclusiones sobre las medidas a adoptar para la reconstrucción social y económica, como consecuencia de la crisis del COVID-19.
También el Congreso de los Diputados ha habilitado un buzón de correo electrónico al que se podrán enviar sugerencias y propuestas relacionadas con el trabajo de esta Comisión. Las aportaciones podrán referirse a uno de los cuatro siguientes grupos de trabajo, creados en el seno de la Comisión:
- Políticas Sociales y Sistema de Cuidados
- Unión Europea
- Reactivación Económica
- Sanidad y Salud Pública
Indudablemente es una iniciativa innovadora, que fomenta la participación ciudadana. No obstante, posiblemente en su convocatoria ha sido olvidada una cuestión importante. En el momento actual determinadas empresas no pueden contratar personal, aunque su deseo sea ese.
Resulta que nuestras administraciones públicas han digitalizado sus relaciones con los contribuyentes, y toda relación tiene que ser hecha por teleproceso, lo cual es un buena noticia en situaciones como las que estamos padeciendo.
Pero una nueva empresa, recientemente constituida, para contratar personal tiene que realizar necesaria y previamente dos actuaciones presenciales. Si no se persona ante el organismo correspondiente, no puede tener accesibilidad al sistema informático.
Si una empresa intenta conectarse co la AEAT se le exige identificación con firma digital, y en otro caso, el sistema generara aviso de ERROR, al intentar iniciar un trámite que requiere un certificado de accesibilidad. Si no dispone de certificado electrónico, le aparecerá este código de error cuando acceda a un trámite que lo requiera.
Para iniciar el proceso, es necesario solicitar la carta de invitación, cuya respuesta será enviada por correo postal al domicilio fiscal del contribuyente. En este correo se incluye el número de registro, con el código Seguro de Verificación (CSV) que consta en la carta.
En el caso de que el administrador de la empresa sea no residente, tendría dos opciones para obtener la firma digital:
  Solicitar la firma digital de administrador solidario de la entidad directamente en el Consulado, aportando su NIF/NIE, los datos de la sociedad y el código de la FNMT. En el momento que acreditase su presentación en el Consulado, podría la empresa descargar la firma digital. Designar un apoderado en España, para que realice presencialmente esas gestiones ante la AEAT. Solicitar una nota simple al Registro Mercantil y solicitar la firma como persona jurídica en la Agencia Tributaria con cita previa.  
Pero a continuación tiene que conseguir ser reconocido por el sistema informático de la Seguridad Social, para poder contratar a un empleado:
  Inscripción de la empresa y obtención de un código de cuenta cotización de la Seguridad Social Obtención del Autorizado en el Sistema Red de la Seguridad Social, del código de cuenta cotización.  
Estos dos trámites tiene que hacerse de forma presencial en las oficinas de la Administración correspondientes y también el de la firma digital ante la AEAT.
 
Pero actualmente estas oficinas están cerradas y no atienden al público. Por lo que podemos concluir que las nuevas empresas no pueden contratar a trabajadores, al menos mientras no estén abiertas las oficinas habilitadas para esto tramites<
 
Parece evidente que hasta en condiciones normales estos tramites deberían aligerarse, pero en la actualidad, en Madrid es imposible que una nueva empresa contrate personal. Parece que la Tesorería General de la Seguridad Social esta implementado un serie de nuevos procedimientos para determinados tramites, pero entre los que no se encuentra el de inscripción de la empresa y obtención de un código de cuenta cotización.
Mientras estén cerradas al público las oficinas de la Administración, y antes de cualquier acuerdo, sería necesario solventar estos inconvenientes que hacen imposible a una nueva empresa contratar personal.
 

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