Nuevo reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE).
Se trata de su actualización conforme al mandato de las tres nuevas Directivas recientemente modificadas: Eficiencia Energética en Edificios (Directiva 31/2010/UE), Eficiencia Energética (Directiva 2012/27/UE) y Energías renovables (Directiva 2018/2001/UE).
https://energia.gob.es/es-es/Participacion/Paginas/proyecto-RD-modifica-RD-reglamento-instalaciones-termicas.aspx
Han sido introducidas nuevas definiciones y modificación de las existentes, como por ejemplo, el concepto de instalación térmica, así como nuevas obligaciones relativas a los sistemas de automatización y control de estas instalaciones, la medida y evaluación de la eficiencia energética en estas instalaciones, y la modificación del régimen de inspecciones.
También se modifican las obligaciones relacionadas con la contabilización de consumos de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, así como la necesidad de disponer de una lectura remota de estos, y los derechos relacionados con la facturación y la información sobre la facturación o el consumo.
Por otro lado, el proyecto adapta diversos aspectos relativos al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, así como de los reglamentos europeos de ecodiseño y etiquetado de productos relacionados con la energía.
Certificación Energética de Edificios
También ha sido publicado para información pública, el proyecto de disposición por el que se modifica el Real Decreto 235/2013, de 5 de Abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios: https://energia.gob.es/es-es/Participacion/Paginas/proyecto-RD-modifica-RD-235.aspx
Se trata también de una actualización del procedimiento básico de certificación energética de edificios, conforme al mandato de las tres nuevas Directivas referidas
Su actualización pretende una mayor vinculación de incentivos financieros para las medidas de eficiencia energética al ahorro de energía previsto o logrado. Además, se establece la obligación para las empresas inmobiliarias de mostrar el certificado de eficiencia energética de los inmuebles que alquilen o vendan.
Asimismo, se incorporan algunas modificaciones para la mejora del procedimiento para la certificación de eficiencia energética de edificios, como la actualización del contenido de la calificación de eficiencia energética, y la modificación de las condiciones de cualificación y acreditación para actuar como técnico competente.
La Administración central dispone de un portal para informar de las distintas modificaciones normativas que se encuentran en información pública:
https://energia.gob.es/es-es/Participacion/Paginas/Index.aspx
El plazo que existe para enviar alegaciones en ambos casos es hasta el 16 de septiembre de 2019.
Las alegaciones a los citados proyectos de real decreto deben cursarse por correo electrónico a la dirección bzn-SGEFE@miteco.es.